Corte Interamericana condenó al Estado colombiano por la Operación Orión | por los derechos humanos

Corte Interamericana condenó al Estado colombiano por la Operación Orión

 

jesús abad colorado

Foto: Jesús Abad Colorado. La foto que destapó la presencia de paramilitares coordinando la Operación Orión conjuntamente con las autoridades.

 

 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos hizo pública hoy su decisión del pasado 22 de noviembre de 2016 en el Caso Ana Teresa Yarce y otras – Comuna 13. Las cinco lideresas y sus familias desde la fecha de ocurrencia de los hechos hasta hoy, han estado representadas por el Grupo Interdisciplinario por los Derechos Humanos GIDH.

Esta decisión es la primera en que la Corte Interamericana condena a Colombia por violaciones de Derechos Humanos cometidas contra mujeres lideresas comunitarias y defensoras de DDHH, y la primera condena internacional por los hechos ocurridos en la comuna 13 de Medellín durante las operaciones militares y bajo el estado de conmoción interior en el año 2002.

De acuerdo con la sentencia, la Corte consideró que todos los hechos de violencia cometidos contra las cinco mujeres, se dieron por su condición de lideresas comunitarias y en un contexto de violencia contra las mujeres defensoras de Derechos Humanos que se tradujo en una situación de riesgo para ellas, sin que el Estado hubiera hecho algo para evitarlo.

En este caso la Corte consideró que el Estado faltó a su obligación de garantizar la vida e integridad de la lideresa Ana Teresa Yarce y que violó entre otros, los derechos a la libertad, la integridad y la libre Asociación de las lideresas Socorro Mosquera, Mery Naranjo, Luz Dary Ospina y Miriam Rúa, pues no les garantizó los medios necesarios para que como integrantes de distintas organizaciones sociales y comunitarias pudieran realizar libremente sus actividades como defensoras de Derechos Humanos.

Además, la Corte desestimó las excepciones del Estado de Colombia para que ese Tribunal no conociera de los hechos, comprobó la responsabilidad del Estado porque cometió un ilícito internacional, es decir, que violó sus obligaciones internacionales, y no aceptó las argumentaciones de Colombia que pedía a la Corte, en todo caso no reparar a las víctimas, sino remitirlas al trámite interno de la Ley de Víctimas. La Corte ordenó reparaciones integrales y fijó ella misma las modalidades y montos de reparación.

 

Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

 

 

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